Catalina Ortiz
Hola profe, según la normativa, res 3924/2005; no es de la competencia de la esteticista cosmetóloga realizar procedimientos con aparatología de presión negativa (vacumterapia), electrolipólisis, carboxiterapia, entre otros. ¿En qué casos no la podemos manejar? ¿porqué lo reglamentaron así? Por la misma línea, últimamente he visto que una esteticista puede realizar tratamientos láser y con IPL, dos preguntas; 1. ¿bajo que condiciones dejan hacer ésto? legalmente hablando. 2. La depilación Diodo, picosecond (como el ND Yang), entre otras tecnologías nuevas, si se pueden manejar? o esto aplica solamente ya que no hay normatividad aprobada actualmente. Referencias: - RESOLUCIÓN 3924 DE 2005. Guía de Inspección para la Apertura y Funcionamiento de los Centros de Estética y Similares. - https://www.saludcapital.gov.co/sitios/SectorBelleza/Paginas/serviciosdesalud.aspx